Se vulnera la intimidad del trabajador si se analiza el navegador de su ordenador para comprobar que lo utiliza con fines privados

El empleado tiene una expectativa razonable de confidencialidad, según la cual puede realizar un uso moderado, con fines privados, de los dispositivos digitales facilitados por la empresa. TSJ Andalucía, Sala de lo Social, Sentencia 905/2019, 28 Mar. Rec. 744/2018 (LA LEY 40392/2019) Ver completo en: http://bit.ly/2R9xKuW