Qué pasa si no se devuelven los créditos con aval del ICO

Sede del Instituto de Crédito Oficial (ICO) en Madrid.
Sede del Instituto de Crédito Oficial (ICO) en Madrid.EDUARDO PARRA/EUROPA PRESS

Los créditos con aval público del Instituto de Crédito Oficial (ICO) han sido una de las ayudas a pymes y empresarios más relevantes, en número y cuantía, de las ofrecidas por el Estado durante la pandemia. La prolongación de la crisis ha llevado al Gobierno a adoptar sucesivas medidas respecto a ellos. En primer lugar, en noviembre, se permitió una primera ampliación de los periodos de carencia o vencimiento de estos préstamos ICO. Más recientemente, en marzo, el Real Decreto-ley 5/2021 incorpora nuevas previsiones, con un doble alcance: por una parte, permitir que los ICO puedan ver renegociadas sus condiciones y, por otra, si a pesar de todos los esfuerzos estas deudas resultan impagadas a su vencimiento, se introduce un régimen singular para los créditos derivados de la ejecución de sus avales.

Los expertos creen que la eliminación de los privilegios de su ejecución depende de la voluntad de la Administración.

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