El juzgado de primera instancia de Zaragoza ha anulado el seguro de vida de 20 años y el de protección de pagos, que un banco hizo contratar a un particular al firmar la hipoteca y se ha obligado a la entidad financiera a la devolución de en torno a 20.000 euros.
El abogado responsable del caso, José Luis Carrera, ha celebrado que esta sentencia, una de las primeras en España de este tipo, cierre la puerta a una práctica habitual de los bancos calificada de mala praxis por el Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza, ha informado Constitución Abogados en una nota de prensa.
La sentencia es pionera en Aragón y una de las primeras en toda España y anula el seguro de vida de 20 años y el de protección de pagos que el Banco Sabadell hizo contratar a un particular al firmar la hipoteca. Igualmente, la entidad financiera obligó al pago por adelantado de las primas por importe total de 23.068,38 euros, así como la financiación de la misma, de manera que aumentó el préstamo hipotecario en 19.450,70 euros.
Ambos aspectos quedan anulados en la sentencia, que obliga al banco a devolver al cliente en torno a 20.000 euros. El letrado de Constitución Abogados, Carrera, que ha dirigido el caso, ha explicado que la prima consumida del seguro de vida «se reduce al precio de mercado, según ofertas que presentamos, y se devolverá al cliente la diferencia».
También, se le devolverán al cliente los intereses pagados por la parte financiada de la prima, así como la prima del seguro de protección de pagos y la parte financiada del mismo.
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